Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA, la pena que le fuera impuesta a la ciudadana LINDA MIREYA ACOSTA, titular de la Cédula de Identidad N°V-5.598.384, por el Juzgado Primero en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial y sede, en fecha 19 de mayo de 2004. Todo conforme con lo dispuesto en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal