En tal sentido, y en virtud de los hechos y el derecho antes citado, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LA REFORMA DEL COMPUTO de la ejecución de la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 28-04-03 Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, quien condenó al penado EURI ENRIQUE SUTIL MIRANDA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.682.718, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, UN (01) MES, CATORCE (14) DÍAS y DIECISÉIS (16) HORAS DE PRESIDIO, conforme con lo previsto en los artículos 479 Numeral 1, 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal; en contra del penado EURI ENRIQUE SUTIL MIRANDA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.682.718, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, UN (01) MES, CATORCE (14) DÍAS y DIECISÉIS (16) HORAS DE PRESIDIO, tal como consta en los folios 220 al 237 de la primera pi.....