...PRIMERO: INSPECCIÓN TÉCNICA, de fecha Primero (01) de Septiembre de 2010, suscrita por los funcionarios Agente Gerson Curvelo y Oswaldo Navarro, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, sub Delegación Los Teques.
SEGUNDO: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, SIGNADA BAJO EL Nº 1834-10, de fecha 02 de Septiembre de dos mil diez (2010), suscrita por el Dr. Ricardo López, adscrito a la Medicatura Forense de los Teques, Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicada a la víctima.
Los anteriores medios de prueba ofrecidos fueron obtenidos lícitamente, y los mismos han de ser considerados por el Tribunal como pertinentes, necesarios y útiles, por cuanto se refieren directa o indirectamente al objeto de la investigación, y a todo evento resultan útiles para el esclarecimiento de los hechos, y están dotados de idoneidad; es decir de suficiencia y aptitud para obtener la verdad, y lograr el enjuiciamiento del imputado......