, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos VICENTE EMILIO CHAVEZ MARRERO y LUISA TIBISAY GELDEL GONZALEZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.684.244 y 11.669.894, respectivamente, de 53 y 47 años de edad, de las bienhechurías que se encuentran ubicadas en Hacienda El Manantial, Sub lote B Parroquia Carrizal, Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Expídase por Secretaría copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la devolución de las originales y sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.