Definitivamente firme como se encuentra la sentencia condenatoria dictada en fecha 26 de octubre de 2004, por el Tribunal Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, mediante la cual condenó al ciudadano VALDERRAMA PARABABI JOSÉ LUIS, anteriormente identificado, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO, por ser autor responsable del delito previsto en el artículo 358 del Código Penal, en concordancia con el artículo 80 ejusdem, así como a las penas accesorias previstas en el artículo 13 ejusdem, es por lo que se acuerda su EJECUCIÓN, conforme a lo establecido en los artículos 479 y 482 ambos del Código Orgánico Procesal Penal