Vista la diligencia realizada en fecha treinta y uno (31) de Octubre de 2012, por la ciudadana MAIZ LUCY DEL VALLE, titular de la cédula de identidad número V- 10.507.460, parte demandante en el presente procedimiento, debidamente asistida por la Abogada ADRIANA BLANCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 187.265; mediante la cual libre de coacción y apremio, de manera voluntaria desiste del presente procedimiento de CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, que interpuso en contra de la sociedad mercantil "PRINMAPLAST, C.A."; en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, HOMOLOGA el desistimiento, todo de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, norma aplicable al presente caso por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y asimismo da por TERMINADO el presente procedimiento y se ordena el archivo definitivo del expediente.....