Visto el escrito de fecha 31 de octubre de 2023, inserto en los folios (78 al 80), se presentaron por ante este despacho las ciudadanas VICTORIA MARIA TORRES CHACÓN y MARGGORY VICTORIA GUERRA TORRES, venezolanas, mayores de edad, con números de cédulas Nº. V-4.635.969 y V-14.942.376, con domicilio en San Cristóbal, estado Táchira, asistidas en este acto por la abogada ALEIDA ESTHER ACEVEDO QUINTERO, con Inpreabogado bajo el Nro. 97.860, en su carácter de DEMANDANTE en la presente causa, Nro. Exp: 22.244-16, por una parte y por la otra parte, los ciudadanos NEPTALI SILVA y NEYRA ZORAIDA PORRAS DE SILVA, venezolanos, mayores de edad, casados, con números de cédulas Nº. V- 4.000.613 y V- 5.029.968, asistidos del abogado EFRAIN RODRIGUEZ, con Inpreabogado bajo el Nº. 28204, obrando con el carácter de parte DEMANDADA; en el que las partes de común y amistoso acuerdo decidieron dar por terminado el presente juicio de PARTICIÓN ORDINARIA, por tanto solicitan la homologación de la TRANSACC.....