Este Juzgado DECRETA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos JHOHAN GABRIEL PEREZ AQUINO, GERALD DAVID AQUINO AQUINO, YULIEL HECNESTOR AQUINO y ENNY DAVID AQUINO AQUINO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.906.512, V-24.724.700, V-25.869.098 y V-24.724.701, respectivamente; son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus FANNY COROMOTO AQUINO, quien falleció en fecha 10 de febrero de 2.022, según consta de copia certificada del Acta de Defunción Nº 148, de fecha 11 de febrero de 2.022, expedida por el Registro Civil de Personas y Electoral del Municipio Guaicaipuro de la Parroquia Los Teques, estado Bolivariano de Miranda.
Devuélvanse a la parte solicitante las presentes actuaciones, original con sus resultas, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por la abogada CARMEN OMAIRA ORTIZ DE SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 168.098. Expídase cop.....