Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIMERO: LA LIBERTAD INMEDIATA al ciudadano PEREZ GUEVARA OMAR ANTONIO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.713.718, de 24 años de edad, natural de los Teques Estado Miranda, fecha de nacimiento 21-10-78, de profesión u oficio obrero, estado civil casado, hijo de OMAR PEREZ (F) y ROL GUEVARA (V) residenciado en el Barrio La Cruz, Callejón Lesama, Casa Nro. 43, Los Teques, Estado Miranda, de conformidad con lo establecido en Los artículos 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo previsto en el artículo 49 ordinal 6° ejusdem, en concordancia a lo dispuesto en el artículo 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, y con el artículo 7 numeral 1° de la Convención Americana sobre De.....