Determinada la competencia de este Tribunal, se destaca que la sentencia que condenó a JOSE DE LA PAZ VALLADARES GUEDEZ, fue ejecutada en fecha 10-02-2000, y corresponde ahora, en virtud de que el referido penado se encontraba en libertad bajo la modalidad de Caución Juratoria, desde el día 11 de julio de 1996, determinar la fecha del cumplimiento de la pena.
El ciudadano JOSE DE LA PAZ VALLADARES GUEDEZ, quien es venezolano, natural de Boconó, Estado Trujillo nació en fecha 17-06-76, de 28 años de edad, con Cédula de Identidad N° 14.391.538, obrero, residenciado en Los Flores de Catia, Calle Madrid, casa sin número, Caracas, fue condenado por el Tribunal Cuarto Accidental del Juzgado Superior Primero en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda a cumplir la pena de OCHO AÑOS DE PRESIDIO, por encontrarlo responsable del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, mas las accesorias contenidas en el .....