Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, en Funciones de Quinto (5°) de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hace el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: DECRETA EL OTORGAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA LIBERTAD, conforme a lo previsto en el artículo 256, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado JEZER ELIAB HERNÁNDEZ ESCOBAR; titular de la Cédula de Identidad No. V-19.162.268, de 21 años de edad, natural de Caracas, de 21 años de edad, nacido en fecha 26-08-1989, de Estado Civil Soltero, de profesión u oficio Vendedor, residenciado en La Lagunita, Calle Porvenir, Casa No. 03, Municipio Independencia; TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS; previsto y sancionado en el artículo 149 de.....