Se anunció el acto a las puertas de este Tribunal por el ciudadano Alguacil, haciéndose presente solo el abogado Luís Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 9.413.993, inscrito en el inpreabogado bajo el número 50.069, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada Arpitex C.A.; Administradora Brotex C.A., y Administradora Texco C.A. Seguidamente la ciudadana Juez expone que en vista de la incomparecencia de la parte actora a la audiencia oral y pùblica, este Tribunal Declara desistido el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo