DECLARA REVISADA la medida cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad que le fuera impuesta por el Juzgado Primero en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y sede, en fecha 02 de abril de 2011, a los acusados JOSUÉ EZEQUIEL BUSTAMANTE IRIARTE, portador de la Cédula de Identidad Número 14.720.095; y ACUERDA MANTENER la misma.