Decisiones del dia 02/04/2025
N° Expediente :
SP23-S-2024-000007
N° Sentencia :
Fecha: 02/04/2025
Procedimiento: Suspencion Condicional Del Proceso
Partes: IMPUTADA: LUSGLEDY LUCIA HERNANDEZ COLMENARES DEFENSOR PÚBLICO PENAL MUNICIPAL: ABG. JAVIER TORRES FISCAL VIGESIMA SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. OMAR QUINTANILLA
Resumen:
´PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE la Acusación presentada por la Fiscalía Vigésima Séptima del Ministerio Público, en contra de la acusada LUSGLEDY LUCIA HERNANDEZ COLMENARES, por la presunta comisión de los delitos de OMISIÓN DE SOCORRO, previsto y sancionado en el artículo 438 Código Penal e INDUCCION AL SUICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 412 Código Penal; de conformidad con lo establecido en el articulo 368 en concordancia con el articulo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS presentadas por el Ministerio Público, por considerarlas útiles, necesarias, pertinentes y constitucional y legalmente obtenidas, en razón de que el representante del Ministerio Público, señaló la pertinencia, necesidad y licitud de todas y cada una de las pruebas promovidas para ser evacuadas en el debate del juicio oral y público, de conformidad con lo establecido en el articulo 368 en concordancia con el articulo 313 numeral 9 del Código Orgáni.....
Juez/Ponente:
Anyelith Lisbeth Moreno Zambrano
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control
N° Expediente :
SP01-S-2025-000003
N° Sentencia :
Fecha: 02/04/2025
Procedimiento: Oferta Real De Pago
Partes: PARTE OFERENTE: SOCIEDAD MERCANTIL INDUSTRIAS TORNO MECÁNICA MISAL C.A, EN SU CONDICIÓN DE VICPRESIDENTE EL CIUDADANO: RAFAELE DI GIULIO ONTIVEROS/ PARTE OFERIDA: LUIS ARNULFO ROJAS
Resumen:
Una vez iniciada la Audiencia, discutidos todos y cada uno de los puntos de derecho, tanto de hecho como de derecho y con el único propósito de poner fin al presente proceso han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:
PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente proceso mediante el pago de la suma de dinero que queda a deber al oferido, en la cantidad de MIL TRESCIENTOS DÓLARES AMERICANOS (USD 1.300,00), los cuales se fueron cancelados en efectivo en la presente audiencia. SEGUNDO: En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedan a deberse, por concepto de la relación laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE L.....
Juez/Ponente:
Haydee Alexandra Soto Pacheco
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo