Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la Abogada Lili Fuentes Anderson, contra el auto dictado el 06 de junio de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, el cual queda REVOCADO en todas y cada una de sus partes.
Segundo: SE ORDENA, la continuación de la presente causa, en el estado en que se encontraba para el momento en que se decretó la irrita paralización.
Tercero: Dada la naturaleza de la presente acción no hay condenatoria en costas.
Cuarto: Se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal de origen, en su oportunidad legal.
Quinto: Regístrese, publíquese, incluso en la página web de este despacho, y déjese copia de la presente decisión.