DECISION
Por lo que en mérito de los argumentos precedentemente señalados, ello es razón suficiente para que este Tribunal tercero (3º) de Primera Instancia de juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia, en nombre de la república y por autoridad de la ley, declare: PRIMERO: SE ACUERDA LO PETICIONADO, POR LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE EN LA PRIMERA DILIGENCIA DE FECHA 26-04-2023, para lo cual, se ordena a la secretaria de éste juzgado, remita a la brevedad posible, a la Unidad de Informática de éste Circuito Judicial del Trabajo, el CD consignado por la representación judicial de la parte accionante en la presente causa, a los fines de que en el mismo, sea grabada la audiencia oral y pública celebrada por éste operador judicial en fecha 13-04-2023 a las 10:00 a.m. Asimismo, le sea entregada dicha grabación a la parte solicitante, por ante la UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMEN.....