Por los argumentos anteriormente expuestos, este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSION VALLES DEL TUY, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento.
PRIMERO: Conforme a lo pautado en el artículo 314 en su último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA, el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas y la condición de imputado del ciudadano BENITEZ MIJARES WILFREDO, quién es venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Número 18.389.100, nacido el dia 4-5-82, natural de Caracas, profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, hijo de Artimencia Mijares (v) y Merijildo Benites García (v), residenciado en el sector la Veraniega, calle principal, cerca de la Pollera, casa s/n, Municipio Lander de O.....