, MODIFICA la sentencia dictada en fecha de 02 de diciembre del año 2003 por el Tribunal Tercero de Primera Instancia, en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, en cuanto a su calificación jurídica, y en consecuencia se CONDENA al ciudadano PARRALES CROQUER LUIS ENRIQUE, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.455.363, a cumplir la pena de VEINTIDÓS (22) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCIÓN DE UN ROBO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 2º, en relación con lo dispuesto en el artículo 457 ambos del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana de quien en vida respondiera al nombre de NILDA RAMONA DIAZ.
Queda así MODIFICADA, en los términos aquí expuestos, la Sentencia apelada.
Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la defensa del acusado de autos.