Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas; administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda AUTORIZAR, el traslado del penado VÍCTOR JOSÉ MONASTERIO HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad N°V-8.747.610, con las seguridades del caso, al Centro Penitenciario Yare I, a fin de participar en el Campeonato Zonal de Fútbol de Salón, durantes los días 13 al 17 de junio de 2004. Todo conforme con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal