En consecuencia al descontar el tiempo en que ha estado privado de su libertad el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, es decir Un (01) Mes y Ocho (08) días, al tiempo de la sanción impuesta la cual es de SEIS (06) MESES, al mismo le falta por cumplir Cuatro (04) Meses y Veintidós (22) días, culminando la misma en su totalidad en fecha Veinticinco (25) de Octubre del presente año. Notifíquese a las partes, Ofíciese al Centro de Diagnostico y Tratamiento ¿Francisco de Miranda N° 1¿ con sede en Los Teques.