Oída la solicitud de imposición de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al adolescente POR IDENTIFICAR, ACUERDA imponerle al adolescente imputado la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, establecida en el artículo 582 en sus literales " C" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en este sentido, deberá cumplir con un régimen de presentaciones cada (08) días a la semana por ante el Consejo de Protección del municipio Páez. Líbrese Boleta de Egreso.