Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuella y por la autoridad que le confiere la Ley se declara incompetente para conocer de la presente denuncia y ordena remitir el expediente a la Unidad de Recepciòn y Distribuciòn de Documentos a los fines que sea distribuido a los Tribunales de Juicio de esta Circunscripciòn Judicial. Se Insta a la parte recurrente a señalar las copias a certificar que deben acompañarse. Asi se decide. Es todo, se leyò y conformes firman.
EL JUEZ.
ABG. NICOLAS CELTA G.
LA SECRETARIA.
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