Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio incoada por los ciudadanos FRANCISCO ALBERTO PIÑA y AUXILIADORA UZCATEGUI de PIÑA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad Nos. V-15.021.816 y V-9.320.001, respectivamente, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha catorce (14) de octubre del año 1995, por ante el Registro Civil y Electoral de la Parroquia La Pastora del Municipio Libertador del Distrito Capital, tal y como consta en la copia certificada del acta de matrimonio que riela bajo el N° 108, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante el referido ó.....