PRIMERO: De conformidad con las normas de los artículos 64 último aparte, 479 numerales 1 y 3, y 532, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 1 y 2 de la Ley de Régimen Penitenciario, el conocimiento de la petición de autorización de traslado del penado JUAN CARLOS CORDOVA RONDÓN, desde el Internado Judicial de Los Teques al Hospital General “Dr. Victorino Santaella” .... SEGUNDO: En salvaguarda del derecho social fundamental a la salud expresamente reconocido y amparado en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuya garantía se impone de conformidad con el imperativo previsto en el artículo 19 ejusdem, y por cuya vigencia ha de velar esta administradora de Justicia como obligación contenida en el artículo 334 ibidem, siendo que el mismo no lo ha perdido la persona del penado por su condición de tal, por el contrario, se mantiene o se encuentra vigente de acuerdo a la disposición contenida en el primer apa.....