se acuerda la libertad del ciudadano JOSE JAVIER DAMAS SABALLO, de conformidad con el ultimo aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal y le impone Medida Cautelar Sustitutiva de Conformidad con el artículo 256, ordinales 3°, 4°, 6° y 8° EJUSDEM, por lo que deberá presentar dos fiadores que tengan CONJUNTAMENTE una capacidad económica igual o mayor a SESENTA (60)unidades Tributarias