éste Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, actuando en función de Control, conforme a lo estatuido en el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa, seguida contra el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cédula de identidad N° IDENTIDAD OMITIDA, quien cuenta hoy con 18 años de edad, conforme a lo establecido en el artículo 561, Literal "d" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 318 numeral 2do del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por remisión expresa del artículo 537 de la referida Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.