acuerda OTORGAR en la presente causa seguida al imputado: GABRIEL ANTONIO NAVARRO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 18.366.623, la Medida de protección a favor de la víctima, conforme al artículo 87 ordinales 5 y 6 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, relativas a la prohibición expresa de acercarse a la victima del presente caso y a la prohibición de realizar al imputado por si mismo o por terceras personas actos de persecución o de intimidación en contra de la víctima, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, tipificado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. Remítase las presentes actuaciones en su oportunidad legal a la Fiscalia Octava del Ministerio Publico.