DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA - EXTENSIÓN VALLES DEL TUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En el presente caso, se observa que los funcionarios aprehensores cumplieron con las excepciones previstas en el articulo 44 numeral 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en tal sentido se declara como Flagrante la aprehensión. SEGUNDO: Estima el Tribunal que la conducta atribuida al imputado RONNY ALEXANDER PUERTA GOMEZ, se subsume en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES O INNOBLES, previsto en el articulo 406 numerales 1 y 3 del Código Penal, por lo que se acoge la precalificación jurídica dada a los hechos por el representante del Ministerio Público. TERCERO: Se acuerd.....