Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos ALEJANDRO EDUARDO WISSMANN AGUIAR y EDIMAR CAROLINA RINCON ARRAIZ, ampliamente identificados, fundamentada en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha trece (13) de junio de dos mil catorce (2014), ante el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Los Carrizal del estado Miranda, según consta de Acta Nº 119, de los Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicha autoridad durante el año 2014.
Notifíquese mediante oficio a las autoridades competentes, con inclusión de las co.....