Por los razonamientos antes expuestos, esta SALA Nº 01 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, SEDE LOS TEQUES, DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso apelación incoado en su oportunidad por el representante de la Fiscalía Décimo Quinta (15º) del Ministerio Público, en la causa seguida en contra del adolescente sancionado DATOS OMITIDOS titular de la cédula de identidad Nº DATOS OMITIDOS, por la comisión de los delitos ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en relación al artículo 6 numerales 1, 2, 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delinc.....