PRIMERO: Se declara la competencia de este Tribunal para el conocimiento, sustanciación y decisión de la presente acción judicial.
SEGUNDO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano Pedro Augusto Petit Omaña, titular de la cédula de identidad N° V- 9.135.652, asistido por la Abogada Nora Mercedes Mendoza Uribe, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 48.094, en contra del Acto Administrativo de Remoción y Retiro signado bajo el N° SNAT/GGGH/2020 – E – 001818, suscrita por el Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
TERCERO: Se declara Valido el acto administrativo funcionarial de remoción signado bajo el N° SNAT/GGGH/2020-E-001818, suscrito por el Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, mediante el cual, se retiró al ciudadano Pedro Augusto Petit Omaña, titular de la cédula de id.....