DECLARA REDIMIDA LA PENA del ciudadano REYES EFRAIN MANOLO, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.507.677, por un tiempo de CINCO (05) MESES Y SEIS (06) DIAS, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 509 del Código Orgánico Procesal Penal y 3, 5 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y Estudio. Y ordena la práctica de un nuevo cómputo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.