Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Al examinar los requisitos de fondo de la Acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Público, en cumplimiento de las funciones y análisis de los fundamentos propios de la acusación, y por cuanto la misma cumple con los requisitos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE la misma por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 39 y 40 la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, compartiendo este Tribunal dicha calificación jurídica. Así mismo admite las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público por ser l.....