Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, SE DEJA SIN EFECTO el auto de admisión de fecha 26/06/2012 dictado por este Tribunal y todas las actuaciones subsiguientes a la misma, y en consecuencia se DECRETA LA REPOSICION DE LA CAUSA .