este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil Venezolanocon fundamento en la Sentencia Nº 1070 de fecha nueve (09) de diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por la abogada Omaira Alexandra Meza de Mieres, titular de la cedula de identidad Nº V-6.004.677, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 201.113, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JUAN HUMBERTO HORTUA ZERPA y YOLIMAR ALEJANDRA LINARES GALINDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-12.641.733 y V-14.898.196, respectivamente