este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 185-A del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los cónyuges, ciudadanos: MOSQUERA ALVAREZ GILBERTO ANTONIO y CARMONA CALDERA LILIANA JOSEFINA, ambos identificados anteriormente, y en consecuencia declara: DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, que los une hasta el día de hoy, en virtud del matrimonio por ellos celebrado por ante el Registrador Civil del Municipio Tomás Lander del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha Catorce (14) de Enero del Año Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1.994), tal y como consta del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nº. 10, Folio 010, de los Libro.....