Por todos los argumentos anteriormente señalados, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda con Sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Profesional del Derecho MARIA COROMOTO ARGUELLO RONDON, INPREABOGADO Nº 181.772, en su condición de Defensora Privada del ciudadano ALEXANDER ENRIQUE RUIZ HERNADEZ, cedulado Nº V-20.483.045, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Extensión Valles del Tuy, Estado Bolivariano de Miranda, de fecha seis (06) de noviembre de 2013, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional NIEGA la Formula Alternativa de cumplimiento de pena de trabajo fuera del establecimiento (destacame.....