: Decreta como FLAGRANTE la aprehensión de la ciudadana imputada ENIMELLTEZ DEL CARMEN BENCOMO, por considerar esta Juzgadora que se produjo en las circunstancias previstas en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.