En base a los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara competente para conocer del presente asunto conforme al territorio y a la cuantía, al TRIBUNAL DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, por lo tanto; se ordena remitir de oficio el presente expediente al referido órgano jurisdiccional; y así mismo se ordena notificar al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial con sede en Charallave, de las resultas del presente procedimiento.