...Declara CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: NANCY ELIZABETH BANDRES SÁNCHEZ y JUAN CARLOS VIVAS HERNÁNDEZ, ambos venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.236.275 y V-16.910.774, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre ellos, contraído por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Ribas, con sede en Tapipa, Municipio Autónomo Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda.