hace el siguiente Pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA, al Acusado: GARCIA QUINTERO, ELADIO ROBERTO, de nacionalidad Venezolana, natural de Coloncito, Estado Táchira, fecha de nacimiento 22-12-65, de 41 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Chofer, hijo de: MARIA VERONICA QUINTERO (F) y GUILLERMO GARCIA (F), residenciado en: Trapichito Sector Uno, edificio Ipostel, Guarenas y titular de la cedula de identidad Nº V- 6.899.272; por la comisión del delito de: HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, observando los artículos 24, 74 y 77 ejusdem, y en aplicable del artículos 37, 74 y 77 ejusdem, corresponde imponer la pena de Dos (02) años y Nueve (09) meses de prisión. SEGUNDO: Se condena igualmente a las Penas Accesorias, contempladas en el artículo 16 ejusdem. Se deja constancia que en el presente juicio Oral y Público se desarrolló en cumpliendo con las garantías y principios constitucionales y legales de nuestro ordenamien.....