Primero: SIN LUGAR la recusación interpuesta por el abogado Eduardo Suárez Díaz, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 68.460, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YAMILET SALAZAR RIVERA, contra la DRA. AIZKEL ORSI, Juez Tercero del Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, con fundamento en la causal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por NULIDAD DE VENTA sigue en contra de la recusante el ciudadano ARMANDO RAFAEL GONZÁLEZ VIZCAÍNO.
Segundo: De conformidad con el articulo 98 eiusdem, se ordena a la parte recusante, pagar una multa de dos mil bolívares (Bs. 2.000