Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, declara: 1) CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio de los cónyuges los ciudadanos MARCI ROSIELL MORALES MARTINEZ y BLAS TITO GONCALVES FIGUEIRA. 2) DISUELTO, el vínculo conyugal que los une en virtud del matrimonio por ellos celebrado el día diez (10) de diciembre de 2.005, por ante la el Registro Civil del Municipio Paz Castillo del Estado Miranda, según consta de acta de matrimonio anexa, bajo el Nº 30, folio Nº 030, de los libros respectivos.