DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Una revisada y examinada las actuaciones que conforman el presente asunto, acuerda revisar de oficio REVISAR y SUSTITUIR la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad de libertad contenida en el numeral 8 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, impuesta al ciudadano REINALDO JOSÉ MARÍN RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-26.227.144, en fecha 23/03/2018; por CAUCIÓN JURATORIA, prevista el artículo 245 del Código Orgánico Procesal Penal; ello de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 229, 242 numeral 8 y 245 ejusdem.
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