Ordena a la defensa subsanar las deficiencias documentales de los fiadores aportados, a los fines de materializar la constitución de la fianza otorgada en la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia con Funciones de Control Nº 6, en fecha Cuatro (04) de Diciembre del año dos mil dos (2002), en favor del ciudadano: Rivero Anzony Yamey, titular de la cédula de identidad N° V-17.980.293, de conformidad con lo establecido en los artículos 258 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Notifíquense a las partes de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Publíquese, diarícese, y déjese copia de la presente decisión. Cúmplase.