DISPOSITIVA.
Ante lo expuesto por la parte actora en su solicitud de Calificación de Despido, resumido en los particulares previos, y evidenciándose del Decreto Presidencial Nº 639, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.310, de fecha 06-12-2013, que la ciudadana JESSIKA DEL CARMEN LANDER TOVAR, gozaba de inamovilidad laboral decretada por el Ejecutivo Nacional, es forzoso para este Juzgado declarar SU FALTA DE JURISDICCIÓN FRENTE A LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL (MINISTERIO DEL TRABAJO, INSPECTORÍA DEL TRABAJO) y en ausencia de norma expresa en el texto de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que regule el procedimiento que deba darse a la falta de jurisdicción, encontrando que las normas adjetivas contenidas en los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil no contraría los principios fundamentales del nuevo procedimiento del Trabajo, haciendo uso de la facultad que le acuerda el artículo 11 de la Ley Orgánica Proce.....