ORDENA LA DETENCIÓN INMEDIATA del penado SEIJAS ALVAREZ MIGUEL ARCANGEL, titular de la Cédula de Identidad No V- 13.218.214, y consecuencialmente ORDENA de inmediato su captura, quien en lo sucesivo cumplirá con la materialización de la justicia privado de su libertad, todo de conformidad con lo estipulado en los artículos 2, 5 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, con relación al artículo 2 de Ley Orgánica del Poder Judicial Y ASI SE DECIDE.
Siendo imperioso a la actividad jurisdiccional SE ORDENA IGUALMENTE Oficiar al Director de Extranjería a los fines de que informe el movimiento migratorio del penado. Y ASI SE DECIDE
Se establece como centro de reclusión el Internado Judicial Los Teques, Expídase la correspondiente Orden de Captura, anexo Oficio dirigido a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminaslísiticas.