Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, se estima procedente la CONCILIACIÓN ENTRE LA PARTES, en virtud de que los hechos se encuentran previstos como violencia física que no constituyen otro delito y tipificado en el artículo 17 de la ley en referencia.
SEGUNDO: Se decreta la Libertad Plena del señor WILFREDO JESUS GONZALEZ, y el cese de la medida de coerción personal que hay sufrido por la presente causa.
TERCERO: se acuerda oficiar al consejo de protección de Tomas Lander, a los fines del tratamiento del señor Wilfredo Gonzalez, Yrajma Parucho en compañía de sus niñas para la convivencia personal.