Con fuerza a lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Santa Lucía  (constituido como Tribunal Móvil)   administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  de conformidad  con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de  Procedimiento Civil,  y  artículo  185 del Código Civil, SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de   DIVORCIO presentada por los ciudadanos  ILIANA MEDINA  y CARLOS EMILIO RODRIGUEZ ROMERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros.V-15.049.279 y V-6.352.789 respectivamente. En consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los une hasta el día de hoy, en virtud del Matrimonio contraído por ellos ante el Registro Civil del Municipio Paz Castillo del Estado Bolivariano de Miranda, según consta en  Acta de Matrimonio anotada bajo e.....