ACUERDA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano MOSQUERA VIELMA PABLO, venezolano, de 53 años de edad, nacido en fecha 16 de junio de 1974, natural de Caracas, titular de la cédula de identidad N° V-4.052.404, hijo de Esmeralda Manzo (v) y Eduardo López (f), residenciado en Barrio El calvario, finca El Cipre, subiendo hacia Pozo de Rosa, San Pedro de Los Altos, Los Teques, Estado Miranda, quien fue condenado por el Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, en fecha 22 de abril de 2004 a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de DETENTACIÓN Y OCULTAMIENTO DE PARTES Y PIEZAS PRODUCTO DE DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3° último aparte de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores